Friday, December 24, 2010

Ya tiene San Luis una ley para combatir la trata de personas

También se reformó el Código Penal
El Sol de San Luis
23 de diciembre de 2010
Redacción / El Sol de San Luis

San Luis Potosí, San Luis Potosí.- El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas, y reformó el Código Penal para que se le tipifique como delito.

En San Luis Potosí, aunque hay indicios de que hay redes de trata de personas, no se presentan denuncias, no obstante que se ha detectado información sobre falsas empresas o agencias de modelos que enganchan a mujeres jóvenes engañándolas con ofertas de empleo a través de Internet y anuncios en los diarios; esas agencias solicitan modelos, edecanes y promotoras.

La expedición de la ley mencionada fue porque en noviembre de 2007 el Congreso de la Unión aprobó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y en febrero de 2009 su reglamento.

En este orden de ideas, hasta diciembre del año pasado 23 entidades federativas habían tipificado el delito de trata de personas, y en enero de 2008 se creó la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra Mujeres y Trata de Personas. Por todo ello era necesario legislar al respecto en San Luis Potosí.

Antes de la votación la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez destacó el arduo trabajo que se realizó para expedir esta ley, con foros y consultas públicas.

El legislador Alfonso José Castillo Machuca recordó que se presentaron tres iniciativas, de las cuales se tomó lo mejor de cada una para finalmente expedir la ley mencionada.

El diputado Felipe Abel Rodríguez Leal expuso que esta ley tiene alcances sociales porque protege a sectores importantes de la población con acciones principalmente de prevención.

Su objetivo es la prevención del delito de trata de personas; atención, protección y asistencia a víctimas del mismo; fortalecimiento de las acciones tendientes a erradicar el delito; fomento de la participación ciudadana con las políticas, programas y acciones institucionales en torno a la prevención, atención, combate y erradicación del delito de trata de personas; definición de las responsabilidades de cada una de las instituciones públicas que se vinculan con la prevención, atención y erradicación de ese delito.

Los bienes jurídicos a tutelar con la ley son: la vida; la salud e integridad física y mental; la autonomía y dignidad; la libertad psicosexual; el libre desarrollo de la personalidad; la libertad de elección laboral y los derechos laborales.

El titular del Poder Ejecutivo establecerá una comisión con carácter permanente que se denominará Comisión para la Prevención, Atención y Erradicación de la Trata de Personas.

Su objetivo será coordinar las acciones de las dependencias que la integran para elaborar y poner en práctica el Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas, que deberá incluir políticas públicas en materia de prevención del delito, así como la atención, protección y asistencia a las víctimas; fortalecimiento de las acciones tendientes a erradicarlo; fomentar la participación de las instituciones públicas y privadas y de la ciudadanía en su diseño; definir las responsabilidades de las instituciones públicas vinculadas, y demás que sean necesarias para el cabal cumplimiento del programa.

La comisión se integrará por los titulares de las secretaría de Gobierno, que la presidirá; de Seguridad Pública, que fungirá como secretario técnico; de Educación del Gobierno del Estado, de Turismo, del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social y Regional, de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos, de Salud, Procuraduría de Justicia y Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

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