caso de UN MENOR NO ACOMPAÑADO
"Hubo incumplimiento o por lo menos dejación de obligaciones por parte de las administraciones competentes", según la sentencia
MADRID, 9 Sep. (EUROPA PRESS) -
La magistrada del Juzgado Contencioso Administrativo número 17 de Madrid, Laura Tamames, ha anulado la resolución de la Delegación del Gobierno en la región que denegaba el permiso de residencia a un joven marroquí que después de haber estado tres años tutelado como menor extranjero no acompañado por el Instituto Madrileño del Menor y la Familia, quedó 'sin papeles' al cumplir los 18 años.
Según la sentencia, contra la que cabe recurso, el citado Instituto asumió la tutela del joven cuando éste tenía quince años, el 14 de junio de 2006. Sin embargo, el organismo no solicitó la autorización de residencia para él hasta agosto de 2008 mediante una resolución en la que se fijaba como fecha de caducidad el momento en que cumpliese la mayoría de edad, el 1 de enero de 2009.